Función de la CDM
Función: Artículo 2 de la Ordenanza 590 de 2005.
El control fiscal es una función pública orientada a la vigilancia de la gestión fiscal de la administración pública, de sus entidades descentralizadas, empresas de servicios públicos mixtas, privadas, y de los particulares que administren bienes y fondos del Estado. Dicho control será ejercido en forma posterior y selectiva de conformidad con los procedimientos, sistemas y principios establecidos en la Ley.
Objetivos de los Órganos Superiores de Dirección
Artículo 11 de la Ordenanza 590 de 2005, 2 de la Ordenanza 625 de 2008 y artículo 2 de la Ordenanza 659 de 2008.